Plataformas Justicieras

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En la era digital, plataformas como Facebook, YouTube e Instagram están bloqueando cuentas de medios de comunicación y periodistas de forma sistemática y desproporcionada, sin garantizar el debido proceso.

Estas acciones olvidan el papel esencial de estas plataformas como espacios de debate público, desencadenando desafíos jurídicos globales sobre su responsabilidad y la libertad de expresión.

¿Pueden las plataformas digitales y redes sociales administrar justicia?

Por: Gabriel E. Levy B.

Imagínese que sus ingresos dependen de un pequeño camión de transporte de alimentos. Diariamente, debe recorrer una autopista privada para asegurar su sustento. Un día, el propietario de esa autopista decide sancionarle, impidiéndole el paso porque transporta hortalizas, algo que, tras presiones de productores vecinos de la autopista, decidió prohibir para evitar que se perjudiquen con productos provenientes de otras zonas.

Dicha decisión es desproporcionada e injusta, amenazando su negocio. Lo más alarmante es que el propietario de la vía actuó unilateralmente, sin brindarle el derecho legítimo a defenderse ni seguir un debido proceso.

Esta situación es comparable a lo que sucede con plataformas como Facebook, Instagram, TikTok y otras. Sin embargo, no se trata de hortalizas, sino de la libertad de expresión, pilar de toda democracia y del estado de derecho.

Las denominadas “redes sociales” bloquean diariamente a miles de usuarios y empresas por una moderación inapropiada, pero lo más grave es que muchos de los que han bloqueado, son periodistas o medios de comunicación, limitando la publicación de contenidos y actuando sin otorgar derechos de defensa ni un proceso justo, determinando la sanción y su alcance a su discreción.

¿El ciberespacio se ha transformado en el “Salvaje Oeste” digital, donde la intervención estatal es mínima y la justicia es ejercida por quienes controlan la plataforma?.

Si bien a primera vista un lector podría justificar las acciones de las plataformas digitales argumentando que son entidades privadas y, por ende, tienen el derecho de admisión o de expulsar a aquellos que consideren problemáticos, similar a cómo el propietario de un bar podría echar a un cliente ebrio, esta comparación simplista no aborda la complejidad inherente al mundo digital.

Las plataformas digitales no son simplemente “lugares” en el sentido tradicional; funcionan más como espacios públicos de debate, similares a los Ágoras de la antigua Grecia.

El concepto del Ágora en la antigua Grecia representaba un espacio central en la vida de la ciudad, un lugar donde se discutían asuntos públicos y donde la comunidad podía congregarse para debatir ideas.

Las plataformas digitales de hoy, como Facebook, Twitter o YouTube, cumplen un rol similar en nuestra sociedad moderna. Permiten el intercambio de ideas, la formación de comunidades y la participación en debates públicos.

La académica y especialista en medios, Tarleton Gillespie, argumenta en su obra “Custodians of the Internet” que las plataformas digitales no son simplemente herramientas o servicios, sino que actúan como “guardianes” de los espacios públicos en línea. Su capacidad para modelar y moderar el discurso las convierte en actores poderosos en la determinación de qué voces se escuchan y cuáles no.

Por su parte el profesor José van Dijck, en su libro “The Culture of Connectivity”, explora cómo las redes sociales se han transformado en estructuras sociotécnicas que influyen en la formación de la opinión pública. Van Dijck argumenta que estas plataformas, aunque originadas como herramientas neutrales, ahora desempeñan un papel activo en la configuración de la cultura y la sociedad, afectando las dinámicas del discurso público.

La investigadora danesa Anja Bechmann, en su artículo “Datafication and Publics: An Affordance Perspective”, analiza cómo las redes sociales, mediante la dataficación, están redefiniendo lo que constituye un “público”.

Bechmann sostiene que mientras las plataformas digitales ofrecen espacios para el debate, también estructuran y delimitan estos debates a través de sus algoritmos, teniendo un impacto directo en cómo se forman y se entienden las esferas públicas en la era digital.

Por lo tanto, alegar que estas plataformas pueden operar puramente como entidades privadas, sin considerar su impacto en el discurso público, es minimizar su importancia en la configuración de la sociedad y la democracia modernas.

Es esencial reconocer que su papel trasciende el de simples empresas y, en consecuencia, deberían estar sujetas a una consideración y regulación más detallada respecto a cómo manejan la libertad de expresión y el discurso público en sus plataformas.

Las denuncias de Observacom

Durante los últimos años, el Observatorio Latinoamericano de Regulación, Medios y Convergencia (Observacom), con sede en Uruguay, ha evidenciado cómo las plataformas digitales: Facebook, YouTube, Instagram, Google y TikTok, han sancionado y censurado a periodistas y medios de comunicación en América Latina de forma masiva y sin criterios consistentes.

Estas acciones, llevadas a cabo sin un debido proceso y de manera unilateral y desproporcionada, son preocupantes.

Observacom, como organismo independiente, está impulsando un debate a lo largo de la región para la adopción de legislaciones que exijan a las grandes plataformas invertir en mecanismos que garanticen el debido proceso y el derecho a la legítima defensa.

Además, buscan promover la interacción con seres humanos en lugar de simples algoritmos, instando a estas empresas a acoger los estándares internacionales de libertad de expresión y a respetar los derechos civiles de los ciudadanos.

El Caso de Canal Capital

Canal Capital, medio público colombiano, ha enfrentado restricciones en su página de Facebook durante casi dos meses, impidiéndoles publicar vídeos y otros contenidos, a raíz de un vídeo con 28 segundos de contenido protegido por la FIFA.

Aunque no se discute el posible error involuntario cometido por el canal, se evidencia cómo la plataforma META ejerció una suerte de administración de justicia por sus propios medios, aplicando una sanción desproporcionada. No se garantizó al medio de comunicación un debido proceso ni el derecho a la defensa. Lo más grave es que esta desmedida sanción afectó su derecho a la libre expresión, lo que, en última instancia, equivale a censura.

A pesar de eliminar el vídeo en cuestión y de intentar múltiples comunicaciones con Facebook y Meta, el canal no ha recibido respuestas formales ni la posibilidad de apelar. Estas sanciones limitan su capacidad de informar, afectando la libertad de expresión del medio y el derecho de la audiencia a informarse, especialmente en un contexto pre-electoral en Colombia.

¿Tiene una corporación privada internacional el derecho a limitar la libertad de expresión de un medio de comunicación público?

En Resumen, a medida que las plataformas digitales y redes sociales se consolidan como espacios esenciales para el debate y la comunicación pública, surge una preocupación creciente sobre su papel y responsabilidad en la moderación del contenido. En el caso de Canal Capital, un medio público colombiano, Facebook (parte del conglomerado META) aplicó sanciones que impactaron su capacidad de informar, lo cual pone de manifiesto el ejercicio unilateral de “justicia” por parte de estas plataformas. Estas acciones, llevadas a cabo sin garantizar un debido proceso ni el derecho a la defensa, afectan la libertad de expresión y pueden interpretarse como actos de censura. Este escenario plantea un interrogante fundamental: ¿Deben las plataformas digitales y redes sociales actuar como jueces y administrar justicia por su cuenta? La respuesta tiene implicaciones profundas para la salud de nuestras democracias y la garantía de derechos fundamentales en el espacio digital.

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